sábado, 19 de mayo de 2007

Medios económicos necesarios para los inmigrantes que quieran venir a España



ALGUNOS ESPAÑOLES TENDRIAMOS QUE MARCHARNOS DEL PAÍS

Reflexiones al hilo de la nueva O.M. sobre medios económicos exigibles a extranjeros no comunitarios para entrar en nuestro país,

Ante la promulgación de la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, en la que se establecen los nuevos recursos económicos a acreditar para la entrada en España de extranjeros no comunitarios, algunas reflexiones a vuela pluma.

Conforme a la Disposición 2ª, epígrafe I, subepígrafe a), a partir del 12 de mayo, se exige para el sostenimiento de cualquier extranjero (independientemente de su edad) que acredite disponer de una cantidad que represente en euros el 10% del salario mínimo interprofesional bruto, o su equivalente en moneda legal extranjera.

El SMI para 2007 está establecido en 570,60 € al mes, por lo tanto, eso significa que cada extranjero debe justificar disponer de una cantidad equivalente a 57,06 € por día de estancia y persona. Se trata nada menos que de un incremento del 90% sobre la suma que venía establecida en la Orden Ministerial de 22.02.1989 y que no había sido modificada hasta el presente y, que como recordamos era de 5.000 ptas. por día y persona, lo que equivalía a 30 € de la moneda actual.

El importe de los 57,06 € por día y persona, debe multiplicarse por el número de días y de personas que viajen a cargo, así que a modo de ejemplo, una familia con dos hijos menores, debe disponer diariamente de nada menos que de 228,24 €, que multiplicados por 30 días totalizarían 6.847,2 € al mes., o sea casi 1.140.000 de las antiguas pesetas ¡ Mi familia y yo solemos llegar a fin de mes con algo menos.

Resulta infamante que se esté exigiendo a los extranjeros el equivalente al 10% del Salario Mínimo Interprofesional, que si se supone es “salario mínimo interprofesional” y se establece en 570,60 € al mes, ocioso es decir que a los españoles sólo se nos exige disponer diariamente no de ese 10% del SMI, sino la trigésima parte que por lo tanto son exactamente 19,02 € al día.


Así que en definitiva, a los extranjeros se les exige el triple (57,06 €) que a los españoles (19,02 €), lo que debiéramos considerar mucho más razonable si atendemos a los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística en cuanto al Salario Bruto Anual Medio que en España es de 18.182,44 €. Dividida esta suma entre 14 mensualidades totalizaría 1.298,74 € al mes, por lo que nos podemos sentir muy afortunados de no ser extranjeros ya que en otro caso debiéramos marchar de este país, o en el mejor de los supuestos no hubiéramos entrado.

En efecto, si multiplicamos los 57,06 €/día por los 30 días del mes, se nos exigiría nada menos que 1.711,8 € en el supuesto de que fuéramos extranjeros, suma que supera con creces el S.B.M. anual. Por lo que en definitiva, ya no sólo los “mileuristas”, sino el común de los nacionales (incluidos algunos abogados que de manera tan generosa hemos escogido esta especialidad profesional) estamos fuera del mercado.

Propongo la instauración de un R.I.P. (Registro de Internos Protestones) para poder dejar constancia de nuestra repulsión ante estas modificaciones legales, en la que como es de ver el modelo de extranjero que preferimos siendo más parecido al potencial económico de un Ronaldinho que al de los Makumba Malembas que de manera tan infortunada están intentando arribar un día sí y otro también en los malditos cayucos hacia la tierra prometida.

Afortunadamente para ellos, no disponen ni tan siquiera de un euro por día que se les pueda exigir.

Javier Galparsoro

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