“India, no debiste salir de la selva, lárgate a tu país"
Condenado, con agravante de racismo, un hombre que insultó a una vecina
NATALIA JUNQUERA - Madrid - 23/04/2008 EL PAIS
Ocurre muy pocas veces. Desde 2006, ninguna, según los datos del Colegio de Abogados de Madrid. En ese tiempo, ningún juez había aplicado el agravante de racismo en una sentencia por agresiones o amenazas. En toda España, en 2006, sólo lo hicieron dos, según un informe reciente de Amnistía Internacional. Pero un magistrado del Juzgado de Instrucción número seis de Madrid ha considerado que un hombre insultó, vejó y amenazó a su vecina, una mujer nacida en Quito (Ecuador) pero de nacionalidad española, cada vez que se cruzaba con ella "por motivos racistas, movido por el desprecio a la denunciante y con una clara xenofobia contra el origen racial y color de piel" de la demandante.
"Eres una india que nunca debería haber salido de la selva". "Puta, ladrona, guarra, asquerosa, lárgate a tu país", tuvo que oír la víctima un día, en el ascensor de su casa. "Algún día te voy a matar", le dijo en otra ocasión, en el portal, blandiendo una botella que sacó de la bolsa de la compra. "Y si no te mato con esta botella, te daré en la cabeza hasta destaparte el cráneo", añadió.
Insultos en pleno juicio
El condenado negó los hechos durante el juicio. Negó incluso conocer a la víctima, su vecina. Pero sólo durante unos minutos. Porque le pudo su odio hacia la denunciante, "con rasgos étnicos propios y acusados", según la sentencia. En pleno juicio, después de haber asegurado al juez que no la conocía, la insultó de nuevo: "¡Delincuente!", "Me molestas a mí y a toda la comunidad", le increpó.
Por todo esto, el juez alcanzó "la íntima convicción" de que había un "evidente móvil xenófobo-racista" en las amenazas y vejaciones cometidas por el acusado, al que condena "como autor plenamente responsable de una falta de amenazas con instrumento peligroso" y "de una falta de vejaciones-injurias, concurriendo en ambas el agravante de racismo". La pena es de 20 días de multa con una cuota de seis euros por cada una de las faltas y el abono de las costas del juicio. La víctima y el condenado siguen viviendo en el mismo inmueble.
El Colegio de Abogados de Madrid, que en 2006 firmó un convenio con el Ayuntamiento para prestar asistencia jurídica en casos de racismo y xenofobia, destaca la importancia de esta sentencia. "Demostrar una agresión es relativamente fácil, pero demostrar qué la ha motivado, no. Desde que firmamos el convenio, asistimos 45 casos el primer año y 30 el segundo. No se aplicó en ninguno", explica Juan Antonio Iglesias, coordinador del Colegio de Abogados de Madrid para los casos de racismo y xenofobia.
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