Los abogados piden que se tenga en cuenta un Convenio del Consejo de Europa sobre extradición que prevé que la detención preventiva no podrá exceder en ningún caso los 40 días
Bruselas/Madrid. 17/6/08.
El Consejo de la Abogacía Europea (CCBE), a propuesta de su Comisión de Derechos Humanos, ha enviado hoy una carta al Parlamento Europeo para destacar que el acceso a la justicia y el derecho a la asistencia jurídica gratuita son un derecho fundamental y universal de toda persona que debe garantizarse por la Directiva sobre el Retorno de personas en situación irregular, que se presenta hoy en Estrasburgo.
CCBE solicita al Parlamento Europeo que garantice el derecho a la asistencia jurídica gratuita a todas las personas sin tener en cuenta su origen o nacionalidad y solucione las posibles carencias de las legislaciones nacionales en este sentido.
Igualmente, CCBE se opone a que la detención y la privación de libertad que puede llegar a alcanzar los 12 o los 18 meses esté basada en una decisión administrativa y considera que tal decisión debería tomarse por una autoridad judicial.
A este respecto, el Consejo General de la Abogacía Española ha señalado la necesidad de aclarar la previsión legislativa respecto al plazo. La redacción puede crear inseguridad jurídica en torno a la interpretación de los 12 o 18 (12 + 6) meses de detención máxima. Precisamente, el último texto de propuesta de Directiva trasladado por el Consejo ha modificado anteriores versiones rebajando el plazo de prórroga límite de 18 a 12 meses. Esta cuestión es aún más relevante debido a la existencia de un Convenio del Consejo de Europa sobre extradición ratificado por los 27 Estados miembros que prevé que la detención preventiva no podrá exceder en ningún caso los 40 días de duración[1]. El CGAE se ha dirigido al Consejo de Europa para garantizar la aplicabilidad del citado Convenio y la ausencia de discriminaciones a los inmigrantes en situación irregular que no han cometido delito alguno.
Igualmente, el CGAE apoya las tesis del Parlamento Europeo en torno a la noción de inmigrante ilegal solicitando su sustitución por el término irregular ya que el término ilegal debe estar vinculado a acciones y no a personas, por el riesgo que supone para su criminalización.
El CGAE, además, recuerda las condiciones deplorables de numerosos centros especializados de detención en Europa, que ya ha sido reflejada por varios informes parlamentarios realizados a raíz de visitas de eurodiputados a los citados centros. En este marco, las detenciones en estos centros continuarán afectando los Derechos Humanos más básicos de las personas afectadas por estas medidas excepcionales. A este respecto, el presidente del CGAE, Carlos Carnicer, ha recordado que “las personas en situación irregular no son delincuentes” y que “los centros de detención son auténticas cárceles”.
[1] http://conventions.coe.int/Treaty/en/Treaties/Html/024.htm
http://www.cgae.es/ / http://www.abogados.es/
CCBE solicita al Parlamento Europeo que garantice el derecho a la asistencia jurídica gratuita a todas las personas sin tener en cuenta su origen o nacionalidad y solucione las posibles carencias de las legislaciones nacionales en este sentido.
Igualmente, CCBE se opone a que la detención y la privación de libertad que puede llegar a alcanzar los 12 o los 18 meses esté basada en una decisión administrativa y considera que tal decisión debería tomarse por una autoridad judicial.
A este respecto, el Consejo General de la Abogacía Española ha señalado la necesidad de aclarar la previsión legislativa respecto al plazo. La redacción puede crear inseguridad jurídica en torno a la interpretación de los 12 o 18 (12 + 6) meses de detención máxima. Precisamente, el último texto de propuesta de Directiva trasladado por el Consejo ha modificado anteriores versiones rebajando el plazo de prórroga límite de 18 a 12 meses. Esta cuestión es aún más relevante debido a la existencia de un Convenio del Consejo de Europa sobre extradición ratificado por los 27 Estados miembros que prevé que la detención preventiva no podrá exceder en ningún caso los 40 días de duración[1]. El CGAE se ha dirigido al Consejo de Europa para garantizar la aplicabilidad del citado Convenio y la ausencia de discriminaciones a los inmigrantes en situación irregular que no han cometido delito alguno.
Igualmente, el CGAE apoya las tesis del Parlamento Europeo en torno a la noción de inmigrante ilegal solicitando su sustitución por el término irregular ya que el término ilegal debe estar vinculado a acciones y no a personas, por el riesgo que supone para su criminalización.
El CGAE, además, recuerda las condiciones deplorables de numerosos centros especializados de detención en Europa, que ya ha sido reflejada por varios informes parlamentarios realizados a raíz de visitas de eurodiputados a los citados centros. En este marco, las detenciones en estos centros continuarán afectando los Derechos Humanos más básicos de las personas afectadas por estas medidas excepcionales. A este respecto, el presidente del CGAE, Carlos Carnicer, ha recordado que “las personas en situación irregular no son delincuentes” y que “los centros de detención son auténticas cárceles”.
[1] http://conventions.coe.int/Treaty/en/Treaties/Html/024.htm
http://www.cgae.es/ / http://www.abogados.es/
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