viernes, 16 de octubre de 2009

AMNISTIA INTERNACIONAL Y CEAR ante la nueva ley de asilo



Madrid, 15 de octubre de 2009

ESPAÑA / LEY DE ASILO: El Congreso ratifica una Ley que convierte el conseguir asilo en una carrera de obstáculos



Madrid-. Amnistía Internacional y la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, lamentan que tras la ratificación hoy en el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley Reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria tras su paso por el Senado, se haya perdido una oportunidad para avanzar en el compromiso de proteger a personas que huyen de violaciones de derechos humanos, y que aumenten los obstáculos para poder acceder al asilo en España.




El texto aprobado hoy en sesión plenaria en el Congreso de los Diputados añade a la ley vigente un número importante de obstáculos que, no sólo son contrarios a la Convención de Ginebra sobre el Estatuto del Refugiado sino que, lo más grave, impedirán que muchas personas que huyen de graves violaciones de derechos humanos puedan simplemente acceder al ejercicio de su derecho a solicitar protección internacional. Además, no se entiende que un país como España que cerraba el 2008, según los datos aportados por la Oficina de Asilo y Refugio, con unas 4.500 solicitudes y sólo 151 estatutos concedidos, muestre esta resistencia a garantizar la protección de las personas necesitadas de protección internacional.




Así, entre los obstáculos que contempla la Ley, las organizaciones abajo firmantes queremos destacar:




La exclusión de los ciudadanos europeos comunitarios del derecho a solicitar asilo, contraria a la Convención de Ginebra por violar el carácter universal de dicho derecho y que a nuestro juicio entraría en contradicción con el artículo 13.4 de la Constitución española.




La desaparición del derecho a pedir asilo en las embajadas españolas. Si bien la ley establece un procedimiento donde se reconoce la posibilidad de promover el traslado a España, vía que necesitará de un posterior desarrollo reglamentario, a ambas organizaciones nos preocupa que la decisión quede bajo la discrecionalidad del embajador. La desaparición de la vía diplomática reconocida hasta ahora en la Ley, supone un retroceso injustificado y de especial gravedad ante los obstáculos ya existentes para acceder al procedimiento en territorio español.







El aumento de las causas de exclusión ante la posibilidad de una persona de pedir asilo, con fórmulas jurídicamente imprecisas como “constituir un peligro para la seguridad de España” o “constituir una amenaza para la Comunidad” que exceden claramente la letra de la Convención de Ginebra.




El concepto de “tercer país seguro” como causa de inadmisión de la solicitud que vulnera la obligación, contemplada en la Convención de Ginebra, de estudiar cada caso de forma individual, así como el principio de no discriminación por motivos de nacionalidad contemplado en el artículo 3 de la propia Convención.




La ampliación de los plazos de detención en frontera, hasta un máximo de 10 días, así como la desaparición de la garantía hoy existente de que se suspenda una devolución al país perseguidor si el ACNUR emite un informe favorable para que se admita una solicitud de asilo.




El establecimiento de diferentes procedimientos de tramitación de la solicitud de asilo. Esta diversidad contribuye a reducir las mismas garantías para los solicitantes de asilo en función del lugar donde soliciten protección. De este modo, por ejemplo, los posibles solicitantes de asilo en frontera tendrán mayores dificultades para poder optar a conseguir la condición de refugiado.




La desaparición del reexamen, cuando se ha denegado una petición y se obtienen nuevos elementos probatorios que permiten revisar la resolución, lo que no se compensa con la remisión de la nueva ley a la normativa general de procedimiento administrativo.




Los aspectos positivos para los derechos humanos en la ley



La nueva ley amplía las referencias a los conceptos de refugiado y de persona merecedora de protección subsidiaria, incorporando la persecución por motivos de género y orientación sexual, así como una mención expresa a colectivos especialmente vulnerables como puedan ser los menores y las personas víctimas de trata.




Asimismo, cabe destacar de forma positiva la inclusión de los programas de reasentamiento, así como una mejora sustancial del régimen de residencia en España de los beneficiarios. Cabe también destacar que los intensos trabajos en el Congreso fueron seguidos de propuestas de enmienda en el Senado que, en muchos casos suponían un avance importante en el compromiso del Estado español con el derecho de asilo de acuerdo con los estándares internacionales. Sin embargo, junto a algunos avances como las garantías sobre el derecho a la asistencia jurídica gratuita, CEAR y Amnistía Internacional lamentamos que otras muchas propuestas de mejora no hayan prosperado finalmente.




CEAR y Amnistía Internacional consideran que con la Ley que se ha aprobado hoy, se ha perdido una oportunidad para liderar en Europa la defensa del Derecho de Asilo, un derecho en peligro de extinción y gravemente amenazado por las políticas de control migratorio. Estas políticas, que conllevan entre otras medidas, el cierre y la externalización de fronteras, están impidiendo el acceso a los procedimientos de asilo y la identificación como refugiadas de muchas personas que huyen de violaciones de derechos humanos.




El compromiso de garantizar la protección internacional para las y los refugiados es una obligación legal y una responsabilidad política del Estado español frente a graves violaciones de los derechos humanos. Ambas organizaciones prestarán toda su atención al desarrollo reglamentario de la ley y, lo que es más relevante, a la práctica administrativa para que este derecho no se convierta en letra muerta.

FIN/// AMNISTIA INTERNACIONAL Y CEAR

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